sábado, 17 de junio de 2017
domingo, 11 de junio de 2017
viernes, 9 de junio de 2017
miércoles, 10 de mayo de 2017
Plan nacional de ciencia,tecnología e innovación 2005-2030
Plan Nacional de Ciencia 2005-2030
El Plan Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación, se sustenta en el marco legal que establece la CRBV en su artículo 110 y en la LOCTI en sus artículos 11 al 19, de acuerdo a esa orientación, se recogió gran cantidad de opiniones a diferentes actores pertenecientes al Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación (SNCTI), acerca de cómo la Ciencia, la Tecnología y la Innovación contribuyen con el desarrollo del país. Para ello, se definió un marco de acción a 25 años, con la idea de recuperar la capacidad de soñar un mundo mejor y posible, a partir de una ciencia, tecnología e innovación con y para la gente.
Este plan producto de más de un año de consulta, marca el inicio para la aplicación del enfoque participativo en la formulación de políticas públicas en materia científico-tecnológica, cumpliendo con lo establecido en el marco legal de la República Bolivariana de Venezuela. En ese sentido, el PNCTI trató de captar la opinión de una amplia gama de diversos actores con respecto a las ventajas y desventajas actuales del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación (SNCTI) y sus visiones estratégicas para lograr el desarrollo endógeno, sustentable y humano del país, con la finalidad de definir las líneas de política que desde el presente permitirían actuar en función de las visiones deseadas.
Para lograr este objetivo, se diseñaron un conjunto de instrumentos para la recolección, procesamiento, interpretación y análisis de la información, como cuestionarios, matrices, mapas, guiones, etc.) para ser coherentes con el diálogo de saberes, la inteligencia local y la diversidad cultural de los pueblos, generando con ello un diseño metodológico con un fuerte contenido filosófico y ético.
Como resultado de todo ese proceso, el día 18 de octubre de 2005, se realizó en el auditorio del Ministerio de Ciencia y Tecnología, el acto oficial de lanzamiento del documento Plan Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación 2005-2030: Construyendo un futuro sustentable, lo cual cierra un ciclo, para iniciar otro que consiste en la construcción de los programas y proyectos que permitirán apuntalar cada uno de los objetivos y metas estratégicas de nuestro plan.
Filosofía de Gestión del Plan Nacional
mision
El Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación contribuirá con hacer posible un desarrollo Endógeno, Sustentable y Humano a través del incentivo y desarrollo de procesos de investigación, producción y transferencia de conocimiento de calidad y pertinentes a los problemas y demandas fundamentales que afectan actualmente a la sociedad venezolana y los que potencialmente (mediano y largo plazos), pudieran impactar las áreas económicas, sociales y culturales donde la ciencia, tecnología e innovación desempeñan un rol fundamental.
FINALIDAD DEL PLAN
Construir una cultura científico-tecnológica que oriente sus potencialidades y capacidades hacia la transformación de la sociedad venezolana, a partir de la configuración de valores y modelos de acción que la hagan pertinente, integral, de producción colectiva, comprometida con la inclusión y la vida en el planeta.
VISIÓN COMPARTIDA
En el año 2030 Venezuela cuenta con una cultura científica transdisciplinaria e incluyente, donde la población es social y culturalmente integrada, creativa y solidaria, el bienestar es compartido por todos sus ciudadanos, se respeta la naturaleza, se preservan los saberes populares, la diversidad de la cultura propia y el conocimiento ancestral de sus pueblos indígenas y afrodescendientes, en el marco de los valores de cooperación, inclusión y soberanía nacional.
Objetivos Estratégicos
1. Promover la independencia científica tecnológica con la finalidad de alcanzar mayores niveles de soberanía científico-técnica, necesarios para construir un modelo endógeno de desarrollo ambientalmente sustentable para el país.
2. Desarrollar una ciencia y tecnología para la inclusión social, donde los actores de la sociedad venezolana sean sujetos de acción en la formulación de políticas públicas en ciencia y tecnología y partícipes de nuevo pensamiento científico que se gesta en el país.
3.Generar mayores capacidades nacionales en ciencia, tecnología e innovación referidas a la formación de talento, la creación y fortalecimiento de infraestructura científica y al conjunto de plataformas tecnológicas requeridas en nuestro país.
Evaluación y seguimiento del Plan.
El desarrollo de las políticas públicas, considerando la planificación como un proceso vivo e interdependiente de otros procesos de gestión, debe contar con un instrumento que facilite su seguimiento, acompañamiento y evaluación del impacto que genera en la sociedad.
En tal sentido, se debe establecer una línea base de indicadores para medir el impacto del nuevo modelo en la transformación de una cultura científica y tecnológica, orientada a la independencia, la inclusión social y el desarrollo de capacidades. El agregado de tales indicadores conformaría la métrica para la evaluación de las políticas públicas del Plan Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación 2005-2030, además de todos los estudios e investigaciones cualitativas específicas, que sirven para evaluar los cambios culturales que generen las políticas, entre otras: las encuestas de Percepción Pública de la Ciencia con frecuencia bianual, los estudios cualitativos con grupos focales para precisar perfiles y necesidades específicas, agendas prospectivas para la negociación de proyectos etc.
El Plan Nacional y La MISIÓN Ciencia
Los desafíos implícitos en los objetivos y metas estratégicas del Plan Nacional, cobran mayor sentido y posibilidad de realización con la creación de la Misión Ciencia en febrero del año 2006, entre otras cosas por lo que significa aplicar una figura de gestión tan novedosa como las misiones, para dar un salto cualitativo en la forma de formular y administrar proyectos científico-tecnológicos estratégicos para el país.
La interinstitucionalidad, el diálogo de saberes, el humanismo socialista y la incorporación de actores no tradicionales para pensar proyectos y soluciones a los problemas más sentidos de la sociedad venezolana, se corresponden con las metodologías de trabajo derivadas de la experiencia de formulación del Plan. Por ello, La Misión Ciencia cristaliza un proceso participativo y de voluntad política para alcanzar a través de la ciencia y la tecnología el país y el mundo que queremos, que no es otro que un mundo mejor...
¿Para qué una Comunidad Virtual del Plan Nacional?
Principalmente, para generar una comunidad de afecto, que basada en los valores de respeto a las diferencias, pensamiento crítico y creatividad colectiva, pueda participar a través del conocimiento científico y tecnológico en la construcción del proyecto de país expresado en la CRBV. Básicamente, nos interesa que nuestra comunidad virtual se convierta en un espacio de comunicación para expresar ideas, recoger sugerencias y debatir sobre políticas públicas de ciencia y tecnología para el desarrollo del país, sin que ella sustituya el contacto “cara a cara” que esperamos tener con la frecuencia que ameriten los procesos de contraloría social para el seguimiento del Plan Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación. Por esa razón, la filosofía de esta comunidad virtual, consiste en presentar de manera abierta y sin ningún tipo de restricciones todo su contenido, coherentes con el sentido público que inspira nuestros principios de participación protagónica, en tal sentido, la idea es que los actores ingresen a la comunidad con la mayor libertad posible, especialmente dentro de cada una de sus "ventanas" y espacios de contenido como el de la biblioteca, para que se nutran y también aporten sus conocimientos dentro de este proceso de construcción colectiva de la cultura científico-tecnológica definida en el Plan Nacional. Es por ello entonces, que nuestra comunidad virtual no es otra cosa que un medio para expresar nuestras necesidades, críticas, generar foros, debates e intercambiar experiencias con las distintas regiones del país y, ¿por qué no?, con la región latinoamericana: la “Patria Grande” de Bolívar y sus sueños compartidos por otro mundo mejor y posible.
El Plan Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación, se sustenta en el marco legal que establece la CRBV en su artículo 110 y en la LOCTI en sus artículos 11 al 19, de acuerdo a esa orientación, se recogió gran cantidad de opiniones a diferentes actores pertenecientes al Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación (SNCTI), acerca de cómo la Ciencia, la Tecnología y la Innovación contribuyen con el desarrollo del país. Para ello, se definió un marco de acción a 25 años, con la idea de recuperar la capacidad de soñar un mundo mejor y posible, a partir de una ciencia, tecnología e innovación con y para la gente.
Este plan producto de más de un año de consulta, marca el inicio para la aplicación del enfoque participativo en la formulación de políticas públicas en materia científico-tecnológica, cumpliendo con lo establecido en el marco legal de la República Bolivariana de Venezuela. En ese sentido, el PNCTI trató de captar la opinión de una amplia gama de diversos actores con respecto a las ventajas y desventajas actuales del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación (SNCTI) y sus visiones estratégicas para lograr el desarrollo endógeno, sustentable y humano del país, con la finalidad de definir las líneas de política que desde el presente permitirían actuar en función de las visiones deseadas.
Para lograr este objetivo, se diseñaron un conjunto de instrumentos para la recolección, procesamiento, interpretación y análisis de la información, como cuestionarios, matrices, mapas, guiones, etc.) para ser coherentes con el diálogo de saberes, la inteligencia local y la diversidad cultural de los pueblos, generando con ello un diseño metodológico con un fuerte contenido filosófico y ético.
Como resultado de todo ese proceso, el día 18 de octubre de 2005, se realizó en el auditorio del Ministerio de Ciencia y Tecnología, el acto oficial de lanzamiento del documento Plan Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación 2005-2030: Construyendo un futuro sustentable, lo cual cierra un ciclo, para iniciar otro que consiste en la construcción de los programas y proyectos que permitirán apuntalar cada uno de los objetivos y metas estratégicas de nuestro plan.
Filosofía de Gestión del Plan Nacional
mision
El Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación contribuirá con hacer posible un desarrollo Endógeno, Sustentable y Humano a través del incentivo y desarrollo de procesos de investigación, producción y transferencia de conocimiento de calidad y pertinentes a los problemas y demandas fundamentales que afectan actualmente a la sociedad venezolana y los que potencialmente (mediano y largo plazos), pudieran impactar las áreas económicas, sociales y culturales donde la ciencia, tecnología e innovación desempeñan un rol fundamental.
FINALIDAD DEL PLAN
Construir una cultura científico-tecnológica que oriente sus potencialidades y capacidades hacia la transformación de la sociedad venezolana, a partir de la configuración de valores y modelos de acción que la hagan pertinente, integral, de producción colectiva, comprometida con la inclusión y la vida en el planeta.
VISIÓN COMPARTIDA
En el año 2030 Venezuela cuenta con una cultura científica transdisciplinaria e incluyente, donde la población es social y culturalmente integrada, creativa y solidaria, el bienestar es compartido por todos sus ciudadanos, se respeta la naturaleza, se preservan los saberes populares, la diversidad de la cultura propia y el conocimiento ancestral de sus pueblos indígenas y afrodescendientes, en el marco de los valores de cooperación, inclusión y soberanía nacional.
Objetivos Estratégicos
1. Promover la independencia científica tecnológica con la finalidad de alcanzar mayores niveles de soberanía científico-técnica, necesarios para construir un modelo endógeno de desarrollo ambientalmente sustentable para el país.
2. Desarrollar una ciencia y tecnología para la inclusión social, donde los actores de la sociedad venezolana sean sujetos de acción en la formulación de políticas públicas en ciencia y tecnología y partícipes de nuevo pensamiento científico que se gesta en el país.
3.Generar mayores capacidades nacionales en ciencia, tecnología e innovación referidas a la formación de talento, la creación y fortalecimiento de infraestructura científica y al conjunto de plataformas tecnológicas requeridas en nuestro país.
Evaluación y seguimiento del Plan.
El desarrollo de las políticas públicas, considerando la planificación como un proceso vivo e interdependiente de otros procesos de gestión, debe contar con un instrumento que facilite su seguimiento, acompañamiento y evaluación del impacto que genera en la sociedad.
En tal sentido, se debe establecer una línea base de indicadores para medir el impacto del nuevo modelo en la transformación de una cultura científica y tecnológica, orientada a la independencia, la inclusión social y el desarrollo de capacidades. El agregado de tales indicadores conformaría la métrica para la evaluación de las políticas públicas del Plan Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación 2005-2030, además de todos los estudios e investigaciones cualitativas específicas, que sirven para evaluar los cambios culturales que generen las políticas, entre otras: las encuestas de Percepción Pública de la Ciencia con frecuencia bianual, los estudios cualitativos con grupos focales para precisar perfiles y necesidades específicas, agendas prospectivas para la negociación de proyectos etc.
El Plan Nacional y La MISIÓN Ciencia
Los desafíos implícitos en los objetivos y metas estratégicas del Plan Nacional, cobran mayor sentido y posibilidad de realización con la creación de la Misión Ciencia en febrero del año 2006, entre otras cosas por lo que significa aplicar una figura de gestión tan novedosa como las misiones, para dar un salto cualitativo en la forma de formular y administrar proyectos científico-tecnológicos estratégicos para el país.
La interinstitucionalidad, el diálogo de saberes, el humanismo socialista y la incorporación de actores no tradicionales para pensar proyectos y soluciones a los problemas más sentidos de la sociedad venezolana, se corresponden con las metodologías de trabajo derivadas de la experiencia de formulación del Plan. Por ello, La Misión Ciencia cristaliza un proceso participativo y de voluntad política para alcanzar a través de la ciencia y la tecnología el país y el mundo que queremos, que no es otro que un mundo mejor...
¿Para qué una Comunidad Virtual del Plan Nacional?
Principalmente, para generar una comunidad de afecto, que basada en los valores de respeto a las diferencias, pensamiento crítico y creatividad colectiva, pueda participar a través del conocimiento científico y tecnológico en la construcción del proyecto de país expresado en la CRBV. Básicamente, nos interesa que nuestra comunidad virtual se convierta en un espacio de comunicación para expresar ideas, recoger sugerencias y debatir sobre políticas públicas de ciencia y tecnología para el desarrollo del país, sin que ella sustituya el contacto “cara a cara” que esperamos tener con la frecuencia que ameriten los procesos de contraloría social para el seguimiento del Plan Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación. Por esa razón, la filosofía de esta comunidad virtual, consiste en presentar de manera abierta y sin ningún tipo de restricciones todo su contenido, coherentes con el sentido público que inspira nuestros principios de participación protagónica, en tal sentido, la idea es que los actores ingresen a la comunidad con la mayor libertad posible, especialmente dentro de cada una de sus "ventanas" y espacios de contenido como el de la biblioteca, para que se nutran y también aporten sus conocimientos dentro de este proceso de construcción colectiva de la cultura científico-tecnológica definida en el Plan Nacional. Es por ello entonces, que nuestra comunidad virtual no es otra cosa que un medio para expresar nuestras necesidades, críticas, generar foros, debates e intercambiar experiencias con las distintas regiones del país y, ¿por qué no?, con la región latinoamericana: la “Patria Grande” de Bolívar y sus sueños compartidos por otro mundo mejor y posible.
elementos fundamentales del plan nacional de ciencia tecnologia e innovacion 2005-2030
En Gaceta Oficial N° 37.291 de fecha 26 de septiembre de 2001 fue publicado el Decreto N° 1.290 de fecha 30 de agosto de 2001, con Rango y fuerza de Ley Orgánica de Ciencia Tecnología e Innovación, cuyos aspectos más relevantes son:
1 Se crea el Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación (SNCTI), cuyo objeto será (i) incorporar a todos los actores que tienen participación en las actividades científicas y de desarrollo, y (ii) facilitar la incorporación de los sectores privados a las actividades de investigación científica y técnica.
2 Se establece que el SNCTI estará conformado por (i) organismos, entidades e instituciones del sector público nacional, y (ii) organizaciones de educación superior, estatales, y del sector privado que realicen actividades vinculadas a la investigación y desarrollo, la innovación tecnológica, y a la formación y el perfeccionamiento del talento humano necesario para estas actividades.
3 Se establece que se creará el Observatorio Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación que además de apoyar el SNCTI propiciará la elaboración de indicadores que permitan establecer estrategias que conviertan la información en oportunidades de desarrollo, tanto a nivel nacional como internacional.
4 Se designa al Ministerio de Ciencia y Tecnología como el órgano rector en materia de Ciencia y Tecnología, al cual le corresponderá, entre otras: (i) establecer las políticas, planes y normas que han de aplicarse a la materia; (ii) crear las Comisiones de Ética, Biotécnica y Biodiversidad las cuales se encargarán de proponer códigos de ética, biotécnica y de protección del ambiente, relativos a la práctica científica, tecnológica y de innovación; (iii) apoyar a los organismos competentes en la definición de políticas tendientes a proteger las creaciones intelectuales producto de la actividad científica y tecnológica; (iv) coordinar las actividades del Estado en el área de tecnologías de información y avance tecnológico; (v) asumir las competencias que en materia de informática ejercía la Oficina Central de Estadística e Informática, la cual se transforma en Instituto Nacional de Estadística; (vi) proponer al Presidente de la República el establecimiento de exoneraciones totales o parciales al pago del Impuesto al Valor Agregado, del impuesto de importación y la tasa por servicios aduaneros, en los casos de importaciones de bienes y servicios destinados a actividades enmarcadas en el Plan Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación; (vii) propiciar el establecimiento de programas crediticios y de incentivos por el sector bancario nacional para el financiamiento de la innovación tecnológica; y (viii) planificar y coordinar todas las actividades científicas y de desarrollo, mediante el Plan Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación.
5 Se establece que el Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Tecnológicas (CONICIT), pasará a denominarse el Fondo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación (FONACIT), instituto autónomo adscrito al Ministerio de Ciencia y Tecnología y que actuará como órgano ejecutor financiero de las políticas y directrices que fije el Ministerio de Ciencia y Tecnología.
6 El Ejecutivo Nacional promoverá y estimulará la formación y capacitación del talento humano especializado en ciencia, tecnología e innovación, para lo cual contribuirá con el fortalecimiento de los estudios de postgrado y de otros programas de capacitación técnica y gerencia.
7 Se establece la obligación de aportar en las áreas de investigación, capacitación de recurso humano y desarrollo tecnológico las siguientes cantidades:
- Las personas que comercialicen propiedad intelectual financiada a través de programas de esta Ley deben aportar entre 0,5% y 5% (mínimo) de la utilidad por tal concepto.
- Las grandes empresas deben aportar entre 0,5% y 20% (mínimo) de la utilidad antes del Impuesto sobre la Renta. Se define como ¿gran empresa¿, aquella que percibe ingresos brutos anuales superiores a 100 mil unidades tributarias.
8 Se establece que los aportes mencionados en el aparte anterior serán fijados por el Presidente de la República en Consejo de Ministros.
9 Se establece que la fiscalización podrá realizarla el Ministerio de Ciencia y Tecnología.
10 Se establece como sanción una multa equivalente a 50% de los aportes que dejó de realizar estando obligada a ello, sin perjuicio del cumplimiento efectivo de dichas obligaciones.
11 Se establece que quienes hubieran obtenido recursos provenientes del FONACIT para el desarrollo de alguna actividad científica, tecnológica o de innovación e incumplieren las estipulaciones acordadas (i) no les serán otorgados nuevos recursos durante un lapso de dos a cinco años y (ii) se les aplicarán multas comprendidas entre 10 y 50 mil unidades tributarias.
12 Se establece que el Ejecutivo Nacional deberá dictar los reglamentos que considere necesarios, dentro de los 120 días siguientes a la publicación de esta Ley.
1 Se crea el Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación (SNCTI), cuyo objeto será (i) incorporar a todos los actores que tienen participación en las actividades científicas y de desarrollo, y (ii) facilitar la incorporación de los sectores privados a las actividades de investigación científica y técnica.
2 Se establece que el SNCTI estará conformado por (i) organismos, entidades e instituciones del sector público nacional, y (ii) organizaciones de educación superior, estatales, y del sector privado que realicen actividades vinculadas a la investigación y desarrollo, la innovación tecnológica, y a la formación y el perfeccionamiento del talento humano necesario para estas actividades.
3 Se establece que se creará el Observatorio Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación que además de apoyar el SNCTI propiciará la elaboración de indicadores que permitan establecer estrategias que conviertan la información en oportunidades de desarrollo, tanto a nivel nacional como internacional.
4 Se designa al Ministerio de Ciencia y Tecnología como el órgano rector en materia de Ciencia y Tecnología, al cual le corresponderá, entre otras: (i) establecer las políticas, planes y normas que han de aplicarse a la materia; (ii) crear las Comisiones de Ética, Biotécnica y Biodiversidad las cuales se encargarán de proponer códigos de ética, biotécnica y de protección del ambiente, relativos a la práctica científica, tecnológica y de innovación; (iii) apoyar a los organismos competentes en la definición de políticas tendientes a proteger las creaciones intelectuales producto de la actividad científica y tecnológica; (iv) coordinar las actividades del Estado en el área de tecnologías de información y avance tecnológico; (v) asumir las competencias que en materia de informática ejercía la Oficina Central de Estadística e Informática, la cual se transforma en Instituto Nacional de Estadística; (vi) proponer al Presidente de la República el establecimiento de exoneraciones totales o parciales al pago del Impuesto al Valor Agregado, del impuesto de importación y la tasa por servicios aduaneros, en los casos de importaciones de bienes y servicios destinados a actividades enmarcadas en el Plan Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación; (vii) propiciar el establecimiento de programas crediticios y de incentivos por el sector bancario nacional para el financiamiento de la innovación tecnológica; y (viii) planificar y coordinar todas las actividades científicas y de desarrollo, mediante el Plan Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación.
5 Se establece que el Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Tecnológicas (CONICIT), pasará a denominarse el Fondo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación (FONACIT), instituto autónomo adscrito al Ministerio de Ciencia y Tecnología y que actuará como órgano ejecutor financiero de las políticas y directrices que fije el Ministerio de Ciencia y Tecnología.
6 El Ejecutivo Nacional promoverá y estimulará la formación y capacitación del talento humano especializado en ciencia, tecnología e innovación, para lo cual contribuirá con el fortalecimiento de los estudios de postgrado y de otros programas de capacitación técnica y gerencia.
7 Se establece la obligación de aportar en las áreas de investigación, capacitación de recurso humano y desarrollo tecnológico las siguientes cantidades:
- Las personas que comercialicen propiedad intelectual financiada a través de programas de esta Ley deben aportar entre 0,5% y 5% (mínimo) de la utilidad por tal concepto.
- Las grandes empresas deben aportar entre 0,5% y 20% (mínimo) de la utilidad antes del Impuesto sobre la Renta. Se define como ¿gran empresa¿, aquella que percibe ingresos brutos anuales superiores a 100 mil unidades tributarias.
8 Se establece que los aportes mencionados en el aparte anterior serán fijados por el Presidente de la República en Consejo de Ministros.
9 Se establece que la fiscalización podrá realizarla el Ministerio de Ciencia y Tecnología.
10 Se establece como sanción una multa equivalente a 50% de los aportes que dejó de realizar estando obligada a ello, sin perjuicio del cumplimiento efectivo de dichas obligaciones.
11 Se establece que quienes hubieran obtenido recursos provenientes del FONACIT para el desarrollo de alguna actividad científica, tecnológica o de innovación e incumplieren las estipulaciones acordadas (i) no les serán otorgados nuevos recursos durante un lapso de dos a cinco años y (ii) se les aplicarán multas comprendidas entre 10 y 50 mil unidades tributarias.
12 Se establece que el Ejecutivo Nacional deberá dictar los reglamentos que considere necesarios, dentro de los 120 días siguientes a la publicación de esta Ley.
Organismos y entes gubernamentales involucrados en el plan nacional de ciencia,tecnologia e innovacion 2005-2030
El Plan Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación, tiene un piso jurídico amparado por la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (1999), en su artículo 119 y La Ley Orgánica de Ciencia, Tecnología e Innovación y su reglamento (2001) que son instrumentos legales de carácter vinculante que tienen por objeto desarrollar los principios orientadores que en materia de ciencia, tecnología e innovación y sus aplicaciones, en sus artículos 10 al 19. La creación del Ministerio de Ciencia y Tecnología (MCT), dio origen a la primera versión del Plan Nacional (2001-2007) con la finalidad de organizar la emergente institucionalidad del Ministerio en cuanto a la direccionalidad de su gestión y articulación con sus organismos adscritos.
Los organismos y ente gubernamentales involucrados en el Plan Nacional de Ciencias, Tecnología e Innovación periodo 2005-20130, son los siguientes: Ministerio del Poder Popular para Ciencia, Tecnología e innovación (MCTI), Fondo de Investigación y Desarrollo de las Telecomunicaciones (FIDETEL), Centro Nacional de Desarrollo e Investigación en Telecomunicaciones, Fundación Venezolana de investigaciones Sismológicas (FUNVISIS), Corporación para el Desarrollo Científico y Tecnológico (CODECYT), Compañía Anónima Venezolana de Industrias Militares (CAVIM), Instituto Venezolano de Investigaciones Científicas (IVIC), Agencia Bolivariana para Actividades Espaciales (ABAE)., Siderúrgica del Orinoco Alfredo Maneiro (SIDOR), Venezolana de industrias Tecnológicas (VIT), Consejo Nacional de Universidades (CNU), Fondo Nacional de Ciencia (FONACIT), Petróleos de Venezuela (PDVSA), FUNDAYACUCHO, INFOCENTRO, CANTV.
Los organismos y ente gubernamentales involucrados en el Plan Nacional de Ciencias, Tecnología e Innovación periodo 2005-20130, son los siguientes: Ministerio del Poder Popular para Ciencia, Tecnología e innovación (MCTI), Fondo de Investigación y Desarrollo de las Telecomunicaciones (FIDETEL), Centro Nacional de Desarrollo e Investigación en Telecomunicaciones, Fundación Venezolana de investigaciones Sismológicas (FUNVISIS), Corporación para el Desarrollo Científico y Tecnológico (CODECYT), Compañía Anónima Venezolana de Industrias Militares (CAVIM), Instituto Venezolano de Investigaciones Científicas (IVIC), Agencia Bolivariana para Actividades Espaciales (ABAE)., Siderúrgica del Orinoco Alfredo Maneiro (SIDOR), Venezolana de industrias Tecnológicas (VIT), Consejo Nacional de Universidades (CNU), Fondo Nacional de Ciencia (FONACIT), Petróleos de Venezuela (PDVSA), FUNDAYACUCHO, INFOCENTRO, CANTV.
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